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Multas

Multas radarSi tienes una multa cuya infracción fue recogida por un radar, te informamos que la sanción tiene que llegar con una prueba gráfica donde figure de forma clara la matrícula del vehículo, así como los datos del cinemómetro que ha registrado la supuesta infracción. 

Las multas por radar o multas velocidad se pueden recurrir, pero es necesario consultar primero con un especialista en recursos de multas que estudie la sanción y te asesore sobre las opciones que tienes, especialmente si la sanción lleva aparejada la retirada de puntos del carnet de conducir.

En España contamos con 1200 radares, entre radares fijos, móviles, de tramo y los instalados en los helicópteros Pegasus.

Los radares que más sancionan están situados en las siguientes carreteras:

  1. Carretera A4 (Radar de Tramo) – Punto kilométrico 242-245 – Provincia Jaén - Sentido decreciente – Límite 100km/h

  2. Carretera A6 - Punto kilométrico 343 - Provincia León - Sentido decreciente – Límite 120km/h

  3. Carretera AP 6 Radar de tramo - Punto kilométrico 49-56 - Provincia Madrid - Sentido decreciente – Límite 100km/h

  4. Carretera A66 - Punto kilométrico 508 - Provincia Cáceres - Sentido creciente – Límite 120km/h

  5. Carretera A3 - Punto kilométrico 156 - Provincia Cuenca - Sentido creciente - Límite 120km/h

  6. Carretera A6 - Punto kilométrico 529 - Provincia Lugo - Sentido decreciente – Límite 120km/h

  7. Carretera A92 - Punto kilométrico 83 - Provincia Sevilla - Sentido decreciente – Límite 100km/h

  8. Carretera A23 - Punto kilométrico 88 - Provincia Teruel - Sentido decreciente – Límite 120km/h

  9. Carretera A6 - Punto kilométrico 470 - Provincia Lugo - Sentido creciente – Límite 120km/h

  10. Carretera N 1 - Punto kilométrico 446 - Provincia Guipúzcoa - Sentido creciente – Límite 80km/h

En MultasCEA tanto si eres particular, autónomo profesional, transportista o empresa recurrimos tus multas, incluso multas anteriores. Sin límite de recursos. Servicio búsqueda de multas y abogados 24 h. gratis. Por 85 €. Infórmate: 91 557 68 51te llamamos.
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Multa por alcoholemiaUna multa por alcoholemia se produce cuando el conductor supera la tasa de alcohol permitida, que en España es de 0,25 mg/l en aire aspirado o 0,5 g/l en sangre.

Dependiendo de cuánto se haya superado dicha tasa así será la sanción, llegando a considerarse delito cuando la tasa de alcoholemia en aire espirado supera a 0.60 mg/l o si la tasa de alcohol en sangre es superior a 1.2 gramos por litro.

Es caso de considerarse delito, el conductor será detenido de forma preventiva y denunciado por los agentes por un delito contra la seguridad del tráfico. Esto conllevará tener que acudir a un juicio rápido donde el conductor tendrá que personarse con un abogado.

Tabla alcoholemia en la conducción

Si lo que recibimos es una sanción administrativa podremos recurrirla al igual que cualquier otra multa. Si bien, lo más aconsejable es contactar con un experto cuando hablamos de sanciones por alcoholemia puesto que, además de conllevar una importante sanción económica, tienen pérdida de puntos del carnet de conducir.

Ante este tipo de multa cuenta con los expertos asesores y abogados de Multas CEA.

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Multa aparcamientoLas multas por aparcamiento son de las sanciones más comunes que existen y una fuente muy importante de ingresos para los Ayuntamientos. El importe de una sanción por dejar mal estacionado el vehículo puede pueden llegar hasta los 200 €.  Si a esto le sumamos la retirada del vehículo por la grúa municipal puedes pagar hasta 400 €.

Las principales multas por aparcamiento que se producen en las ciudades que tienen instaladas un servicio de estacionamiento regulado (SER) son: aparcar el vehículo sin el correspondiente ticket, sobrepasar el tiempo indicado en éste, poner mal la matrícula o no dejar el ticket en un lugar visible. Otras sanciones pueden ser por aparcar en doble fila, en zonas donde está prohibido estacionar o en una zona de carga y descarga.

Con la creación de las APR (áreas de acceso de prioridad restringida) en ciudades como Madrid o Barcelona hay que añadir la multa por aparcar en dichas zonas sin autorización.

Las sanciones por aparcamiento al igual que la mayoría de las multas se pueden recurrir, y debes de hacerlo si consideras que la multa es injusta o incorrecta, ahora bien, debes de dejar el recurso de tus multas a una empresa especializada.

En MultasCEA podemos ayudarte. Llámanos al 91 557 68 51 y te informaremos sin compromiso.

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Multa por hablar por teléfonoEl Art. 18.2 del R.G.C, sanciona por “conducir utilizando manualmente el teléfono móvil o cualquier otro dispositivo incompatible con la obligatoria atención permanente a la conducción”, siendo necesario especificarse el dispositivo utilizado y la conducta realizada, e imponiendo una sanción de 200 € y la retirada de 3 puntos del carnet de conducir.

Es conveniente recordar que la multa por hablar por el teléfono móvil se produce no sólo por ir hablando sin la utilización de manos libres, sino también el manejo del teclado, o cualquier uso de éste que genere una distracción en la conducción, como puede ser el uso del GPS o ir hablando por WhatsApp.

El utilizar el teléfono móvil mientras el coche está parado en un semáforo, un atasco o detenido en doble fila, también es motivo para que te pongan una multa de tráfico.

Para evitar este tipo de multas, no hay que hacer uso del teléfono móvil hasta que el vehículo esté estacionado y con el motor apagado.

Esta multa por hablar por telefono, se puede recurrir, si bien, es aconsejable un asesoramiento previo, puesto que el no recurrir la multa, supone la pérdida de puntos del carnet de conducir de forma inmediata; Además, puede generar, en aquellos conductores que ya hayan perdido más puntos por sanciones anteriores, quedarse con un saldo cero, que conllevaría la perdida de la vigencia del carné de conducir y la imposibilidad de realizar un curso que permita obtener puntos y seguir conduciendo.

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