El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que modifica la ordenación del Boletín Oficial del Estado con el fin de poner en marcha, a partir del 1 de junio de 2015, un Tablón Edictal Único dentro de este Boletín Oficial.
Desde el próximo 1 de Junio de 2015 todas las notificaciones que deban hacer las Administraciones Públicas a empresas o ciudadanos cuya entidad sea desconocida, se ignore el lugar o medio de la notificación o bien conociéndolo no se haya podido practicar, se harán a través de un Tablón Edictal Único dependiente del Boletín Oficial del estado (BOE) tal y como establece la Ley 15/2014 de 16 de Septiembre de Racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa.
De este modo, toda Administración Pública que deba realizar una notificación y desconozca sus datos personales, ignore el lugar o medio para notificárselo o conociéndolo no haya podido realizarlo, lo hará a través de una comunicación en el Tablón Edictal Único. Con carácter previo a esta comunicación, las Administraciones Públicas pueden haber publicado el aviso en los boletines o tablones territoriales.
Antecedentes
Hasta ahora, la Administración correspondiente enviaba notificaciones postales con un coste de 2,5 euros por cada una para la Administración afectada, entrega que debía debe intentarse en dos ocasiones a horas distintas. Si no se conseguía entregar una notificación al interesado, bien porque se desconocía su identidad o su domicilio, o bien porque no se encontraba en el mismo cuando se iba a notificar, la Administración tenía que recurrir a una notificación edictal, que se realizaba mediante la publicación de un anuncio.
En un principio, estos anuncios se publicaban en uno de los 63 boletines oficiales existentes (en el del Estado, en los autonómicos o en los provinciales), lo que complicaba su conocimiento, más aún cuando los actos que se publicaban afectaban a ciudadanos residentes en otro territorio. Sin embargo, en los últimos años han surgido además nuevos tablones edictales en ámbitos como el fiscal, tráfico, Seguridad Social, empleo, etcétera.
Así, al menos en teoría, los ciudadanos tenían la obligación de consultar todos los diarios oficiales y tablones edictales para estar seguros de que no tenían una notificación pendiente. Con la publicación del edicto, legalmente al ciudadano se le daba por notificado y corría el plazo para alegar, pagar o ejercer los derechos que considere.
Comunicaciones electrónicas
La notificación electrónica es más rápida, segura y cómoda para los ciudadanos, lo que reducirá las notificaciones fallidas. En todo caso, si la notificación, sea electrónica u ordinaria, no es posible, a partir del 1 de junio, y con una serie de plazos transitorios para varios tablones, todas las notificaciones se publicarán en el Boletín Oficial del Estado, con independencia de la Administración u órgano que las notifique.
Este Tablón Edictal Único contendrá comunicaciones de cualquier Administración Pública, independientemente de la materia o el procedimiento administrativo de que se trate. Además, este Tablón cuenta con las siguientes características:
Adaptación de la estructura del Diario Oficial del BOE y creación de un Suplemento específico de notificaciones cuyo aspecto más relevante es que, transcurridos tres meses desde su publicación, los anuncios de notificación sólo serán accesibles a través de un código de verificación (CVE) de carácter único y no previsible.
Desarrollo de las previsiones de la Ley 15/2014 de que establecen que la Agencia Estatal del Boletín Oficial del Estado (AEBOE) podrá a disposición de las Administraciones Públicas un sistema automatizado de remisión y gestión telemática para la publicación de los anuncios de notificación en el BOE.
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