Recurrir multas, ¿es aconsejable?
Testra
Aunque ya entró en vigor el Tablón Edictal Único (TEU), se estimó que lo más seguro desde el punto de vista jurídico para garantizar la tramitación de los procedimientos sancionadores de todas las Administraciones adheridas al TESTRA, era mantener la publicación en este medio Edictal hasta que las Administraciones puedan estar en condiciones de publicar en el TEU.
¿Qué es el TESTRA?
El TESTRA (Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico) sustituyó a los Boletines Oficiales de la Provincia de las CCAA, y es un portal en el cual cada uno de los organismos con capacidad para sancionar (DGT, Servei Català de Trànsit, Gobierno Vasco, Diputaciones y Ayuntamientos), publican todas aquellas sanciones que no han podido ser notificadas por correo postal o a través de la DEV (Dirección Electrónica Vial).
La importancia del TESTRA
Es realmente importante conocer si tenemos multas pendientes en esta web, porque transcurridos 20 días naturales desde que la notificación ha sido publicada en el TESTRA, se entenderá que ha sido practicada y continuará el procedimiento, sin darte ninguna opción para tomar una decisión sobre la sanción: pagarla, recurrirla, esperar, etc.
Y si eres una empresa, es de vital importancia, saber si estás siendo publicado, muchos de los requerimientos son para que se identifiques al conductor (El Art. 11.1 a) RDL de 6/2015, de 30 de octubre, establece que las empresas, están obligadas a facilitar los datos del conductor).
El incumplimiento de está obligación, se considera infracción muy grave y puede ser sancionado con una multa de hasta 1.800 €, llegando incluso al cobro de la sanción por vía ejecutiva o al embargo de los bienes.
Inconvenientes del TESTRA
Tienes que visitar diariamente la página de la DGT para saber si apareces publicado o no. En el caso de las empresas, esta tarea se hace casi imposible de llevar a cabo.
Una vez que estas dentro de la página tienes que rastrear por todos los organismos adheridos, para saber si en alguno de ellos figuras.
No te explican detenidamente que tipo de sanción es, las consecuencias y las opciones que tienes ante la misma.
CEA te da la solución
En CEA hemos creado un servicio de alertas, a través del cual te vamos a informar de las notificaciones que actualmente están siendo publicadas en el TESTRA a tu nombre o el de tu empresa, y de este modo podemos aconsejarte y asesorarte de la forma más conveniente para la defensa de tus intereses.
Es un servicio de alertas 24 horas. De esta forma, sabrás de manera inmediata si has sido publicado y las opciones que tienes.
En CEA utilizamos todos los medios de comunicación posibles para hacerte llegar la información: correo electrónico, SMS o correo postal.
La búsqueda se realiza por matrícula, D.N.I y CIF (en caso de empresas) para que todas las sanciones estén controladas.
Además te ofrecemos un asesoramiento telefónico personalizado por personal cualificado, que te ayudará a tomar la mejor decisión para tus intereses o los de tu empresa.
¿Cómo puedes acceder a este servicio?
El servicio de alertas CEA, es un servicio gratuito que se incluye dentro de los servicios que CEA ofrece a sus clientes.
Sólo tienes que darte de alta, y podrás disfrutar de este y muchos más servicios.
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Tipos de infracciones y cuantías de las sanciones
¿Qué podemos hacer frente a una multa de tráfico?
Desde CEA recomendamos no rehusar las notificaciones que se reciban por correo postal o en la Dirección Electrónica Vial (DEV) si estuvieses dado de alta.
A partir de la notificación, dispones de un plazo de 20 días naturales para alegar, si no estás de acuerdo con la denuncia, o proceder a su abono con el 50% de descuento. En el supuesto de no hacerlo y vencido el plazo de quince días naturales siguientes a la fecha de la firmeza de la sanción, su cobro se llevará por el procedimiento de apremio.
Te recomendamos que contactes siempre con nosotros para asesorarte de la forma más conveniente a tus intereses.
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Tipos de infracciones y cuantías de las sanciones
El importe de las multas de tráfico es el mismo en todos los casos, independientemente del lugar donde se cometa la infracción o el organismo que la imponga. No obstante en el caso de las infracciones de carácter leve (hasta 100 €) se podrá graduar por el organismo sancionador.
- Infracción leve: hasta 100 €
- Infracción grave: 200 €
- Infracción muy grave: 500 €
Otras infracciones
- Conducir vehículos que lleven instalados inhibidores de radar o cualesquiera otros mecanismos encaminados a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico es una infracción muy grave que se sanciona con 6.000 € y la pérdida de 6 puntos.
- La instalación de estos mecanismos por un taller se considera una infracción muy grave y se sanciona con una multa de 3.000 a 20.000 €
- La conducción con tasas de alcohol superiores a las reglamentariamente establecidas, será sancionada con una multa de 500 € y 6 puntos. Cuando el conductor ya hubiera sido sancionado en el año inmediatamente anterior por exceder la tasa de alcohol permitida o cuando circule con una tasa que supere el doble de la permitida la multa será de 1.000 € y 6 puntos.
- La conducción con presencia en el organismo de drogas será sancionada con multa de 1.000 € y 6 puntos.
Infracciones por no identificar al conductor
El importe de la multa se graduará en función del tipo de infracción original.
- Si la infracción original es leve: el doble de la misma.
- Si la infracción original es grave: el triple de la misma.
- Si la infracción original es muy grave: el triple de la misma.
Las sanciones por incumplimiento de la obligación de identificar al conductor infractor no tienen la reducción del 50%.
Personas responsables
Se mantiene el principio general de la responsabilidad de la infracción en el autor de la misma. No obstante:
- Los titulares o arrendatarios tienen la obligación de someter los vehículos a las correspondientes inspecciones técnicas, a que estén en perfecto estado de circulación y deben impedir que sean conducidos por quienes nunca hubiesen obtenido el permiso o licencia de conducir.
- El titular o arrendatario será responsable de las infracciones de estacionamiento, salvo en los supuestos en que el vehículo tuviese designado un conductor habitual o se indique un conductor responsable.
- El conductor será responsable de no llevar las placas perfectamente legibles, así como de llevar su permiso de conducir y la documentación del vehículo.
- El conductor de una motocicleta será responsable por la no utilización del casco por el pasajero o si éste no tiene la edad mínima para ir en moto.
- El conductor de un vehículo será responsable de la no utilización de los sistemas de retención infantil pudiéndose inmovilizar el vehículo.
Infracciones que conllevan la pérdida de puntos
1. Conducir con exceso de alcohol (valores miligramo/litro aire espirado):
| 6 puntos 4 puntos |
2. Conducir con presencia de drogas en el organismo. | 6 puntos |
3. Incumplir la obligación de someterse a las pruebas de detección de alcohol o de la presencia de drogas en el organismo. | 6 puntos |
4. Conducir de forma temeraria, en sentido contrario o participar en carreras ilegales. | 6 puntos |
5. Conducir vehículos que tengan instalados inhibidores de radares o cinemómetros o cualesquiera otros mecanismos encaminados a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico. | 6 puntos |
6. Exceder en más del 50% los tiempos de conducción minorara en más del 50% los tiempos de descanso establecidos en la legislación sobre transporte terrestre. | 6 puntos |
7. Alterar el normal uso del tacógrafo o del limitador de velocidad. | 6 puntos |
8. Conducir sin la clase de permiso o la licencia necesarios. | 4 puntos |
9. Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios, accidentes u obstaculizar la circulación. | 4 puntos |
10. No respetar la prioridad de paso las señales de stop y ceda el paso y los semáforos en rojo. | 4 puntos |
11. Realizar adelantamientos indebidos. | 4 puntos |
12. Adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas. | 4 puntos |
13. Efectuar un cambio de sentido en zonas prohibidas. | 3 puntos |
14. Realizar la maniobra de marcha atrás en autopistas y autovías. | 4 puntos |
15. No respetar las señales de los Agentes que regulan la circulación. | 4 puntos |
16. No respetar la distancia de seguridad. | 4 puntos |
17. Conducir utilizando manualmente el teléfono móvil, programando el navegador, usando cascos auriculares u otros dispositivos que disminuyan la atención. | 3 puntos |
18. No hacer uso del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y demás elementos de protección. | 3 puntos |
19. Conducir con el permiso suspendido o teniendo prohibido el uso de ese vehículo. | 4 puntos |
20. Conducir vehículos utilizando mecanismos de detección de radares o cinemómetros. | 3 puntos |
Infracciones de velocidad
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Ver si tengo multas
¿Te han embargado la cuenta bancaria por una multa de tráfico que no te han notificado? Esta situación es muy común y la sufren muchos conductores en nuestro país.