Circular por el extranjero y cometer infracciones ya no se puede realizar impunemente ya que desde marzo de 2015 está en vigor el acuerdo de intercambio transfronterizo de información sobre multas de tráfico, que viene recogido en nuestra vigente Ley de Tráfico y Seguridad Vial (RDL 6/2015, de 30 de octubre).
Llega el verano y son muchos los conductores que se animan a salir al extranjero y a recorrer las carreteras de nuestros vecinos europeos. Son muchos los desplazamientos y muy distintas las vías por las que van a circular, dependiendo de uno u otro país. Aunque la reglamentación en materia de circulación es la misma en todos los casos no estamos exentos de cometer en un momento determinado una infracción de tráfico por muy buenos conductores que seamos.