En 2024, Madrid ha implementado restricciones de circulación para vehículos contaminantes en su área central, conocida como Madrid Central. Los vehículos que no cumplen con ciertos estándares de emisiones contaminantes no pueden circular libremente por esta zona. Estos estándares se basan en el etiquetado ambiental de la Dirección General de Tráfico (DGT) de España, que clasifica los vehículos según su nivel de emisiones.
El Ayuntamiento de Madrid ha aprobado la nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible que sustituye Madrid Central, anulado por el Tribunal Superior de Madrid (TSJM) por un defecto de forma y que ha sido avalado por el Tribunal Supremo, inadmitiendo a trámite el Recurso de Casación presentado por Ecologistas en Acción Madrid contra la sentencia 446/2020 del 27 de julio de 2020, de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
En la reformada Ley de Tráfico se han incluido nuevas multas y una de ellas es que se impondrá por no cumplir con las restricciones impuestas en las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) así como las aplicadas en los protocolos por episodios de elevada contaminación.