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Recurrir Multas - Multas CEA

Recurrir multasPopularmente se suele pensar que recurrir multas es algo complicado y que es difícil conseguir resultados positivos. Sin embargo, recurrir una multa, además de ser un derecho, es, en algunos casos, aconsejable por las opciones de obtener una resolución favorable que presenta la multa. Sin duda, para tomar la mejor decisión si recurrir la multa o no, lo mejor es contar con un asesoramiento profesional.

Toda infracción de tráfico acarrea una sanción que puede ser leve, grave o muy grave, y que, en muchos casos, además de una multa, puede conllevar la retirada de puntos del carné de conducir.

¿Por qué recurrir una multa?

En algunas ocasiones los conductores no son conscientes que están cometiendo una infracción, porque la señal está tapada por un árbol o deteriorada, por despistes, como pueden ser: introducir mal la matrícula en el parquímetro, equivocarte al seleccionar si es zona verde o zona azul, entrar en una zona restringida al paso…. O puede ocurrir que no hayas cometido la infracción, porque has vendido el coche, conducía otra persona, etc.

En resumen, los conductores pueden ser víctimas de multas que realmente no merecen o que quizás fueron impuestas por error o de forma muy estricta.

Si realmente estás convencidos que la multa es injusta o simplemente no estás de acuerdo con ella, puedes recurrir la multa, pero, antes de hacerlo, busca asesoramiento en una empresa especializada en recursos de multas, que, además de orientarte sobre las diferentes opciones que tienes frente a una sanción de tráfico, elaborarán por ti el recurso.

Recurrir multas. Consejos prácticos

Recurrir multas, algunos consejos prácticos

En muchas ocasiones perdemos la oportunidad de que nos estimen un recurso que hemos interpuesto para recurrir una multa, formulada por una infracción de tráfico porque no hemos sido capaces de aportar las pruebas que acreditaran la inexistencia de infracción.

Sanciones por exceso de peso

Sanciones por exceso de peso

El transporte por carretera es un sector fundamental para la economía y el comercio en todo el mundo. Sin embargo, conlleva una serie de responsabilidades y regulaciones que deben cumplirse para asegurar la seguridad y eficiencia en las carreteras. 

Sanciones por no poseer el seguro obligatorio

sanciones por no poseer el seguro obligatorio

La Federación Nacional de Asociaciones de Transportes de España (FENADISMER) ha transmitido recientemente una queja a la Dirección General de Tráfico (DGT) por el incremento de denuncias a sus asociados por carecer presuntamente de los seguros obligatorios de circulación, pese a que éstos tienen contratados los correspondientes seguros y en vigor.

Suspensión de los plazos en las multas por el estado de alarma

Suspensión de los plazos en las multas por el estado de alarma

La entrada en vigor del RDL del pasado mes de marzo, RD 463/2020 de 14 de marzo, por el que se declaró el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria con ocasión del COVID-19, establece la suspensión de los términos y la interrupción de plazos para la tramitación de los procedimientos administrativos hasta que cese el estado de alarma, y en su caso las sucesivas prorrogas que se están aprobando.

Tipos de infracciones y cuantías de las sanciones

¿Qué podemos hacer frente a una multa de tráfico?

Control de velocidadDesde CEA recomendamos no rehusar las notificaciones que se reciban por correo postal o en la Dirección Electrónica Vial (DEV) si estuvieses dado de alta.

A partir de la notificación, dispones de un plazo de 20 días naturales para alegar, si no estás de acuerdo con la denuncia, o proceder a su abono con el 50% de descuento. En el supuesto de no hacerlo y vencido el plazo de quince días naturales siguientes a la fecha de la firmeza de la sanción, su cobro se llevará por el procedimiento de apremio.

Te recomendamos que contactes siempre con nosotros para asesorarte de la forma más conveniente a tus intereses.

En MultasCEA tanto si eres particular, autónomo profesional, transportista o empresa recurrimos tus multas, incluso multas anteriores. Sin límite de recursos. Servicio búsqueda de multas y abogados 24 h. gratis. Por 85 €. Infórmate: 91 557 68 51te llamamos.
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Tipos de infracciones y cuantías de las sanciones

El importe de las multas de tráfico es el mismo en todos los casos, independientemente del lugar donde se cometa la infracción o el organismo que la imponga. No obstante en el caso de las infracciones de carácter leve (hasta 100 €) se podrá graduar por el organismo sancionador.

  • Infracción leve: hasta 100 €
  • Infracción grave: 200 €
  • Infracción muy grave: 500 €

Otras infracciones

  • Conducir vehículos que lleven instalados inhibidores de radar o cualesquiera otros mecanismos encaminados a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico es una infracción muy grave que se sanciona con 6.000 € y la pérdida de 6 puntos.
  • La instalación de estos mecanismos por un taller se considera una infracción muy grave y se sanciona con una multa de 3.000 a 20.000 €
  • La conducción con tasas de alcohol superiores a las reglamentariamente establecidas, será sancionada con una multa de 500 € y 6 puntos. Cuando el conductor ya hubiera sido sancionado en el año inmediatamente anterior por exceder la tasa de alcohol permitida o cuando circule con una tasa que supere el doble de la permitida la multa será de 1.000 € y 6 puntos.
  • La conducción con presencia en el organismo de drogas será sancionada con multa de 1.000 € y 6 puntos.

Infracciones por no identificar al conductor

El importe de la multa se graduará en función del tipo de infracción original.

  • Si la infracción original es leve: el doble de la misma.
  • Si la infracción original es grave: el triple de la misma.
  • Si la infracción original es muy grave: el triple de la misma.

Las sanciones por incumplimiento de la obligación de identificar al conductor infractor no tienen la reducción del 50%.

Personas responsables

Se mantiene el principio general de la responsabilidad de la infracción en el autor de la misma. No obstante:

  • Sistema de retención infantilLos titulares o arrendatarios tienen la obligación de someter los vehículos a las correspondientes inspecciones técnicas, a que estén en perfecto estado de circulación y deben impedir que sean conducidos por quienes nunca hubiesen obtenido el permiso o licencia de conducir.
  • El titular o arrendatario será responsable de las infracciones de estacionamiento, salvo en los supuestos en que el vehículo tuviese designado un conductor habitual o se indique un conductor responsable.
  • El conductor será responsable de no llevar las placas perfectamente legibles, así como de llevar su permiso de conducir y la documentación del vehículo.
  • El conductor de una motocicleta será responsable por la no utilización del casco por el pasajero o si éste no tiene la edad mínima para ir en moto.
  • El conductor de un vehículo será responsable de la no utilización de los sistemas de retención infantil pudiéndose inmovilizar el vehículo.

Infracciones que conllevan la pérdida de puntos

 1. Conducir con exceso de alcohol (valores miligramo/litro aire espirado):

  • Superior a 0,50 mg/l (0,30 mg/l, profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años)

  • Superiores a 0,25 hasta 0,50 mg/l (0,15 hasta 0,30 mg/l profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años)

6 puntos

4 puntos

2. Conducir con presencia de drogas en el organismo. 6 puntos
3. Incumplir la obligación de someterse a las pruebas de detección de alcohol o de la presencia de drogas en el organismo. 6 puntos
4. Conducir de forma temeraria, en sentido contrario o participar en carreras ilegales. 6 puntos
5. Conducir vehículos que tengan instalados inhibidores de radares o cinemómetros o cualesquiera otros mecanismos encaminados a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico. 6 puntos
6. Exceder en más del 50% los tiempos de conducción minorara en más del 50% los tiempos de descanso establecidos en la legislación sobre transporte terrestre. 6 puntos
7. Alterar el normal uso del tacógrafo o del limitador de velocidad. 6 puntos
8. Conducir sin la clase de permiso o la licencia necesarios. 4 puntos
9. Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios, accidentes u obstaculizar la circulación. 4 puntos
10. No respetar la prioridad de paso las señales de stop y ceda el paso y los semáforos en rojo. 4 puntos
11. Realizar adelantamientos indebidos. 4 puntos
12. Adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas. 4 puntos
13. Efectuar un cambio de sentido en zonas prohibidas. 3 puntos
14. Realizar la maniobra de marcha atrás en autopistas y autovías. 4 puntos
15. No respetar las señales de los Agentes que regulan la circulación. 4 puntos
16. No respetar la distancia de seguridad. 4 puntos
17. Conducir utilizando manualmente el teléfono móvil, programando el navegador, usando cascos auriculares u otros dispositivos que disminuyan la atención. 3 puntos
18. No hacer uso del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y demás elementos de protección. 3 puntos
19. Conducir con el permiso suspendido o teniendo prohibido el uso de ese vehículo. 4 puntos
20. Conducir vehículos utilizando mecanismos de detección de radares o cinemómetros. 3 puntos

Infracciones de velocidad

Infracciones de velocidad

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