La Dirección General de Tráfico (DGT) incrementará los controles de alcohol y drogas en las carreteras como consecuencia de su campaña especial de concienciación de vigilancia sobre coger el coche tras el consumo de alcohol y drogas.
El protocolo que entró en vigor el 1 de febrero adolece de un vacío legal que impedirá multar a los conductores si incumplen la norma. Aparcar dentro de la almendra central de la ciudad no puede ser sancionado.
Empieza un nuevo año, y como siempre nuevos propósitos y nuevos retos. La D.G.T no podía faltar a esta cita, y así ha anunciado nuevas medidas para mejorar la vigilancia en nuestras carreteras, modificar la vigente ley de Trafico y Seguridad Vial para luchar contra los reincidentes en infracciones por la conducción bajo los efectos de alcohol y drogas, y una revisión de los exámenes para la obtención del permiso de conducir, entre otras medidas que veremos desarrollar a lo largo de este año.
Después de un largo periodo sin Gobierno, por fin tenemos uno y por lo tanto se ha designado un nuevo Director General de Tráfico al que desde este momento le deseamos muchos éxitos en su gestión.
Como desgraciadamente reflejan las estadísticas, la velocidad suele ser un factor relevante en la siniestralidad vial, por lo que las autoridades utilizan todos los medios posibles para que los conductores cumplan con los límites de velocidad.
Por muy buen conductor que nos consideremos nunca estamos a resguardo de ser sancionado por una multa de tráfico. Los motivos pueden ser variados y numerosos. La multa puede originarse por incumplir las normas de circulación, supuesto más frecuente, o por motivos relacionados con el vehículo o la documentación.
Recientemente se ha publicado una Sentencia de la Sala III del Tribunal Supremo por la que se invalidaba el dispositivo de “foto-rojo” instalado en los semáforos.