A finales del pasado año, se publicó en el BOE la nueva Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. La mayoría de las normas entran en vigor el 21 de marzo de 2022, excepto tres nuevas infracciones leves (multa de hasta 100 euros), que entraron en vigor el mismo 22 de diciembre.
Se trata de incumplir la obligación de conductores de estar en condiciones de controlar el vehículo, que ciclistas incumplan normas de seguridad vial que no sean graves o muy graves y no pagar el peaje cuando sea obligatorio.
Uno de los principales objetivos de esta modificación es reforzar la seguridad vial, endureciendo no solo económicamente sino con una mayor detracción de puntos, aquellas distracciones y malos hábitos que aumentan la siniestralidad.
Las principales novedades son:
- Conducir sujetando el móvil con la mano, restará 6 puntos y sanción económica de 200€.
- No usar o usar inadecuadamente el cinturón de seguridad, el casco o el Sistema de Retención Infantil (SRI), restará 4 puntos y sanción de 200€.
- Adelantar poniendo en peligro a ciclistas en una carretera sin mantener la distancia de seguridad de al menos 1,5 metros perderán 6 puntos y 200€
- Arrojar a la vía objetos que puedan producir incendios o accidentes, restará 6 puntos y sanción de 500€.
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- Los menores de edad con licencia para conducir ciclomotores, cuadriciclos ligeros y VMP, serán sancionados como adultos, si su tasa de alcohol es superior a 0,0.
- Usar dispositivos de intercomunicación no autorizados en exámenes para obtener o recuperar el carnet de conducir, e incumplir las normas sobre auxilio en las vías públicas, así como incumplir las normas sobre el uso de alcoholímetros antiarranque supondrán una multa de 500€.
- No respetar zonas de bajas emisiones y restricciones por protocolo de alta contaminación, serán sancionadas con una sanción económica de 200€.
- Parar o estacionar el carriles o vías ciclistas, llevar en el vehículo mecanismos de detección de radares o cinemómetros -es decir, basta simplemente con tenerlos-, conducir teniendo el permiso suspendido como medida cautelar y que motoristas o ciclistas usen el teléfono móvil sujetándolo con una mano o ajustándolo entre la cabeza y el casco, serán sancionados con 200€.
- Se constituyen como infracciones leves (hasta 100 € de multa) que los conductores incumplan su obligación de estar "en todo momento" en condiciones de controlar el vehículo y que los ciclistas incumplan normas de seguridad vial que no sean graves o muy graves.
- Se suprime la permisividad de superar en 20 km/h el límite en carretera convencional para realizar la maniobra de adelantamiento.
- Los usuarios de vehículos de movilidad personal llevaran casco, se prohíbe los patinetes en las aceras y demás zonas peatonales.
- Los conductores de coches deben cambiar completamente de carril cuando la calzada tenga más de un carril por sentido para las maniobras de adelantamiento de ciclistas, los usuarios de bicicleta pueden ir por el centro de las vías urbanas por motivos de seguridad y los motoristas pueden llevar intercomunicadores integrados en los cascos.
Ana Belén Cruz Campos – Abogada CEA
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