Modificaciones de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial
Fue publicado en el Boletín Oficial del Estado del 21 de diciembre de 2021 la Ley 18/2021, de 20 de diciembre, por la que se modifica el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto legislativo 6/2015 de 30 de octubre.
Referimos a continuación las novedades más destacadas:
Distracciones
Aumenta de 3 a 6 los puntos la sanción por sujetar con la mano dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce.
Cinturón de seguridad y elementos de protección
Aumenta de 3 a 4 los puntos a detraer por no hacer uso, o no hacerlo de forma adecuada, del cinturón de seguridad, sistema de retención infantil, casco y demás elementos de protección obligatorios; manteniéndose la multa de 200 euros.
Ciclistas
Se establece la obligatoriedad, en vías con más de un carril por sentido, cambiar de carril cuando se proceda a adelantar a ciclistas o ciclomotores.
También aumenta de 4 a 6 los puntos la sanción por adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas sin dejar la separación mínima obligatoria de 1,5 m.
Se mantiene la multa económica de 200 euros.
Se prohíbe parar o estacionar en carril bici o en vías ciclistas.
Objetos a la vía
Aumenta de 4 a 6 los puntos el arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que pueden producir accidentes o incendios.
Recuperación de los puntos del carné
Se unifica el plazo de 2 años sin cometer infracciones para que un conductor pueda recuperar su saldo inicial de puntos, sin hacer distinciones en función de la gravedad de la infracción cometida.
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Cursos de Conducción Segura y eficiente
Se podrán recuperar 2 puntos del carné por la realización de cursos de conducción segura y eficiente; cuyos requisitos y condiciones a cumplir serán regulados por una posterior orden Ministerial.
Menores: alcohol y drogas
Los conductores menores de edad de cualquier vehículo (ciclomotores, permiso AM, motos hasta 125cc, bicicletas y vehículos de movilidad personal) no podrán circular con una tasa de alcohol superior a 0, tanto en sangre como en aire espirado.
Alcoholímetro antiarranque (Alcoholock)
Será obligatorio para los vehículos de transporte de viajeros por carretera que se matriculen a partir del 6 de julio de 2022. Estos vehículos están obligados a llevar instalado un interface para la instalación de estos dispositivos.
Incumplir las normas sobre su uso será considerado como una infracción muy grave.
Adelantamientos
Se suprime la posibilidad de que turismos y motocicletas puedan rebasar en 20 km/h los límites de velocidad en las carreteras convencionales cuando adelanten a otros vehículos.
Motoristas
Se autoriza la utilización de dispositivos inalámbricos certificados u homologados para la utilización en el casco de protección de los conductores de moto y ciclomotor, con fines de comunicación o navegación, siempre que no afecte a la seguridad en la conducción.
Teléfonos móviles y navegadores
Queda prohibida su uso durante la conducción, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar si emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares.
Inhibidores de radares o cinemómetros
Se prohíbe su instalación y llevarlos en los vehículos, así como cualesquiera otros instrumentos encaminados a eludir o a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico.
De esta prohibición quedan excluidos los mecanismos de aviso que informen de la posición de los sistemas de vigilancia del tráfico.
Restricciones en Zonas de Bajas Emisiones
Se introduce una nueva infracción grave, sancionada con 200 euros de multa por no respetar las restricciones de circulación derivadas de la aplicación de los protocolos ante episodios de contaminación y de las zonas de las bajas emisiones.
Por imperativo de la Ley de Cambio Climático y Transición Energética, se obliga a los municipios de más de 50.000 habitantes a establecer Zonas de Bajas Emisiones.
Copiar en los exámenes para obtener el permiso de conducir
Utilizar dispositivos de intercomunicación en las pruebas para la obtención y recuperación de permisos de conducción, supone una sanción de 500 euros de multa y el aspirante no podrá presentarse de nuevo en el plazo de 6 meses.
Circulación por las aceras
No podrán circular por las aceras los vehículos de movilidad personal y las bicicletas y ciclos.
Peajes
Se incluye una nueva infracción leve consistente en el impago de peaje, tasa o precio público, cuando éstos fueran exigibles.
Descargar Reforma Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial
Fernando González Iturbe – Subdirector de la Asesoría Jurídica
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