Cerca de un 33% de los accidentes con víctimas mortales en España se deben a los efectos del alcohol en la conducción. El alcohol es por tanto, la causa que más incidencia tiene en la accidentalidad, convirtiéndose de esta forma en una de las lacras más graves de las carreteras.
Un gran número de internautas, cuando quieren saber si tienen multas pendientes, utilizan en sus búsquedas las palabras BOE Multas o TESTRA multas para acceder al portal que recoge esta información y que, en la actualidad se denomina TEU (Tablón edictal Único).
En Multas CEA te informamos de las opciones que tienes si recibes una multa de tráfico.
Importante: Cuidado con la multa donde te requieren los datos del conductor; Aquí estás obligado a realizar la identificación del conductor y después, cuando recibas la sanción a tu nombre, podrás recurrir la multa o pagarla. Si no facilitas los datos recibirás otra multa por no identificar al conductor, cuyo importe será el triple de la multa inicial.
Muchas son las personas que se preguntan, ¿cómo saber si tengo una multa?, sobre todo cuando han recibido una notificación de una denuncia de la que no tenían conocimiento previo o cuando se disponen a vender su vehículo.
Te contamos a continuación los puntos claves que tienes que conocer cuando te llega una multa, desde porque se te sanciona hasta si puedes recurrirla o cuando pagarla y que obligaciones tienes.
La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha confirmado la anulación de una sanción de tráfico por saltarse en paso de peatones un semáforo en rojo. La infracción tuvo lugar en Cataroja (Valencia) y se denunció en función de la imagen que captó un dispositivo de los denominados foto-rojo.
Uno de los problemas a los que tienen que hacer frente las autoridades encargadas de la seguridad vial es el de los conductores reincidentes. Evidentemente todas las conductas reincidentes no tienen la misma repercusión en la siniestralidad vial, pero algunas como la conducción bajo los efectos del alcohol o drogas sí que tienen trascendencia en este aspecto.
Las altas probabilidades de accidentes e infracciones de tráfico que generan las famosas “Operación Salida” en verano, provocan que la Dirección General de Tráfico (DGT) intensifique la vigilancia con el objetivo de incrementar la seguridad vial.
El Parlamento Europeo ha dado luz verde a las normas revisadas de intercambio transfronterizo de datos sobre infracciones de tráfico, que garantizarán que los conductores que cometan infracciones en el extranjero no puedan evitar las multas.
Llega el verano y afloran determinadas conductas al volante que pueden ser infracciones de tráfico y por lo tanto susceptibles de ser sancionadas con multas de tráfico.
Desde CEA recomendamos no rehusar las notificaciones que se reciban por correo postal o en la Dirección Electrónica Vial (DEV) si estuvieses dado de alta.
A partir de la notificación, dispones de un plazo de 20 días naturales para alegar, si no estás de acuerdo con la denuncia, o proceder a su abono con el 50% de descuento. En el supuesto de no hacerlo y vencido el plazo de quince días naturales siguientes a la fecha de la firmeza de la sanción, su cobro se llevará por el procedimiento de apremio.
Te recomendamos que contactes siempre con nosotros para asesorarte de la forma más conveniente a tus intereses.
El importe de las multas de tráfico es el mismo en todos los casos, independientemente del lugar donde se cometa la infracción o el organismo que la imponga. No obstante en el caso de las infracciones de carácter leve (hasta 100 €) se podrá graduar por el organismo sancionador.
Infracción leve: hasta 100 €
Infracción grave: 200 €
Infracción muy grave: 500 €
Otras infracciones
Conducir vehículos que lleven instalados inhibidores de radar o cualesquiera otros mecanismos encaminados a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico es una infracción muy grave que se sanciona con 6.000 € y la pérdida de 6 puntos.
La instalación de estos mecanismos por un taller se considera una infracción muy grave y se sanciona con una multa de 3.000 a 20.000 €
La conducción con tasas de alcohol superiores a las reglamentariamente establecidas, será sancionada con una multa de 500 € y 6 puntos. Cuando el conductor ya hubiera sido sancionado en el año inmediatamente anterior por exceder la tasa de alcohol permitida o cuando circule con una tasa que supere el doble de la permitida la multa será de 1.000 € y 6 puntos.
La conducción con presencia en el organismo de drogas será sancionada con multa de 1.000 € y 6 puntos.
Infracciones por no identificar al conductor
El importe de la multa se graduará en función del tipo de infracción original.
Si la infracción original es leve: el doble de la misma.
Si la infracción original es grave: el triple de la misma.
Si la infracción original es muy grave: el triple de la misma.
Las sanciones por incumplimiento de la obligación de identificar al conductor infractor no tienen la reducción del 50%.
Personas responsables
Se mantiene el principio general de la responsabilidad de la infracción en el autor de la misma. No obstante:
Los titulares o arrendatarios tienen la obligación de someter los vehículos a las correspondientes inspecciones técnicas, a que estén en perfecto estado de circulación y deben impedir que sean conducidos por quienes nunca hubiesen obtenido el permiso o licencia de conducir.
El titular o arrendatario será responsable de las infracciones de estacionamiento, salvo en los supuestos en que el vehículo tuviese designado un conductor habitual o se indique un conductor responsable.
El conductor será responsable de no llevar las placas perfectamente legibles, así como de llevar su permiso de conducir y la documentación del vehículo.
El conductor de una motocicleta será responsable por la no utilización del casco por el pasajero o si éste no tiene la edad mínima para ir en moto.
El conductor de un vehículo será responsable de la no utilización de los sistemas de retención infantil pudiéndose inmovilizar el vehículo.
Infracciones que conllevan la pérdida de puntos
1. Conducir con exceso de alcohol (valores miligramo/litro aire espirado):
Superior a 0,50 mg/l (0,30 mg/l, profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años)
Superiores a 0,25 hasta 0,50 mg/l (0,15 hasta 0,30 mg/l profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años)
6 puntos
4 puntos
2. Conducir con presencia de drogas en el organismo.
6 puntos
3. Incumplir la obligación de someterse a las pruebas de detección de alcohol o de la presencia de drogas en el organismo.
6 puntos
4. Conducir de forma temeraria, en sentido contrario o participar en carreras ilegales.
6 puntos
5. Conducir vehículos que tengan instalados inhibidores de radares o cinemómetros o cualesquiera otros mecanismos encaminados a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico.
6 puntos
6. Exceder en más del 50% los tiempos de conducción minorara en más del 50% los tiempos de descanso establecidos en la legislación sobre transporte terrestre.
6 puntos
7. Alterar el normal uso del tacógrafo o del limitador de velocidad.
6 puntos
8. Conducir sin la clase de permiso o la licencia necesarios.
4 puntos
9. Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios, accidentes u obstaculizar la circulación.
4 puntos
10. No respetar la prioridad de paso las señales de stop y ceda el paso y los semáforos en rojo.
4 puntos
11. Realizar adelantamientos indebidos.
4 puntos
12. Adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas.
4 puntos
13. Efectuar un cambio de sentido en zonas prohibidas.
3 puntos
14. Realizar la maniobra de marcha atrás en autopistas y autovías.
4 puntos
15. No respetar las señales de los Agentes que regulan la circulación.
4 puntos
16. No respetar la distancia de seguridad.
4 puntos
17. Conducir utilizando manualmente el teléfono móvil, programando el navegador, usando cascos auriculares u otros dispositivos que disminuyan la atención.
3 puntos
18. No hacer uso del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y demás elementos de protección.
3 puntos
19. Conducir con el permiso suspendido o teniendo prohibido el uso de ese vehículo.
4 puntos
20. Conducir vehículos utilizando mecanismos de detección de radares o cinemómetros.