La Dirección General de Tráfico (DGT) incrementará los controles de alcohol y drogas en las carreteras como consecuencia de su campaña especial de concienciación de vigilancia sobre coger el coche tras el consumo de alcohol y drogas.
Esta campaña de concienciación se llevará a cabo tanto en controles preventivos como en aquellos que se efectúan tras un accidente. Además, se darán también en casos en que los agentes detecten comportamientos que levanten las sospechas sobre la integridad de las capacidades del conductor para ponerse al volante, y mantener la seguridad vial. Sanciones y multas para aquellos conductores que presenten alcohol o drogas en sangre al volante.
Con motivo de ello, desde CEA te informamos sobre qué sanciones y multas pueden recaer sobre aquellos conductores que sean multados por este tipo de infracciones.
¿Qué sanciones o multas pueden recaer sobre aquellas personas que sean multadas por consumo de alcohol y drogas al volante?
Cabe destacar que la reforma de la Ley de Seguridad Vial aumentó las multas y sanciones e hizo que los reincidentes se encuentren en el punto de mira ante este tipo de faltas.
Aquellas personas que hayan sido sancionadas en el año anterior por dar positivo en la prueba de alcoholemia y aquellos conductores multados por duplicar la tasa de alcohol (0,50mg/l de alcohol en aire espirado) se les aplica una sanción de 1.000 € y la pérdida de 6 puntos.
Los conductores sancionados por primera vez y aquellos que den una tasa de alcohol entre los 0,25 y 0,50 mg/l la sanción interpuesta será de 500 € y la detracción de 4 puntos.
En el caso de las drogas cabe destacar:
La ley prohíbe conducir bajo los efectos de las drogas, quedando excluidas las sustancias que sean usadas bajo prescripción facultativa y que posean una finalidad terapéutica.
Aquellos conductores que sean sancionados por conducir bajos los efectos de las drogas, poniendo en riesgo la seguridad vial, serán sancionados con 1.000 € y la retirada de 6 puntos de carnet.
Además de estas multas y sanciones se debe tener en cuenta que el Código Penal establece como delito contra la seguridad vial en el caso que:
Si el conductor supera los 0,60 mg/l en aire respirado, este se enfrenta a multas entre 3 y 6 meses de prisión, multas de 6 a 12 meses, trabajos en beneficio a la comunidad de 30 a 90 días y la retirada del permiso de conducir entre 1 y 4 años.
En el caso de que el conductor del vehículo se negase a realizar las pruebas de alcohol o drogas, las multas se pueden completar con prisión de 6 a 12 meses junto con la privación del derecho a conducir entre 1 y 4 años.
Una serie de medidas y sanciones enfocadas a perseverar en mantener la seguridad vial ya que tanto la DGT como la Guardia Civil pretenden atajar el binomio alcohol/drogas al volante, ya que, en los controles efectuados doce de cada cien conductores presentan consumos recientes de estos, según el estudio "Prevalencia del consumo de alcohol y drogas 2015" realizado por la DGT, poniendo en juego sus vidas y la seguridad vial.
Rosa M. García Álvarez - Directora de Comunicación
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