Las sanciones a las que se enfrentan los ciclistas, sus derechos y obligaciones
En los últimos años se ha visto un aumento considerable de usuarios de bicicletas, sobre todo en las ciudades donde se incrementan las dificultades para circular, y por ello se han incorporado a nuestra legislación vial nuevas disposiciones que regulan su uso y circulación tanto por vías urbanas como por vías interurbanas.
Cualquier usuario de bicicleta debe cumplir con las normas de circulación y su incumplimiento supone una infracción, que puede ser leve, grave o muy grave, y cuya cuantía puede alcanzar hasta los 1.000 euros.
La circulación de las bicicletas en las vías debe hacerse en las mismas condiciones que para el resto de los vehículos, debiendo respetarse la señalización existente en cuanto a señales de obligación, semáforos o detención en señal de stop o ceda el paso.
Muchos usuarios de bicicletas, olvidan que deben señalizar su maniobra como cualquier otro conductor, por lo que deberán hacerlo extendiendo el brazo en la forma horizontal a la altura del hombro, y que deberán hacerlo por el arcén o lo más próximo a la derecha de la vía si no existe espacio suficiente.
El casco de protección homologado es obligatorio para conductores y ocupantes de bicicletas si circulan por vías interurbanas salvo en rampas ascendentes prolongadas por razones médicas acreditadas o en condiciones extremas de calor. Está prohibido conducir y utilizar auriculares conectados a receptores o reproductores de sonido, así como el uso del teléfono móvil.
La tasa máxima de alcoholemia, de los conductores en general (0.5 g/l de alcohol en sangre o de alcohol en aire espirado superior a 0.25 miligramos por litro) también afecta a los ciclistas que están obligados, como otros conductores, a someterse al preceptivo test de alcoholemia.
En estos últimos supuesto se impondrá la multa que corresponda en función de la gravedad de la infracción, si es leve hasta 100 €, si es grave hasta 200€ y si es muy grave puede ser de 500 o 1.000€ según el caso. Aunque la infracción conlleve la pérdida de puntos en el caso de los usuarios de bicicletas no se impondrá la retirada de los mismos ya que está expresamente excluido en la ley de tráfico y seguridad vial.
En bicicletas, para una persona, sólo se permite llevar un pasajero en asiento adicional homologado, si este es menor de siete años y el conductor mayor de edad.
Circular con una bicicleta sin un sistema de frenado adecuado o no tener un timbre también pueden ser objeto de sanción, del mismo modo que circular de noche o en condiciones de visibilidad reducida sin las luces o catadióptricos reglamentarios también pueden ser objeto de multa.
Otro aspecto a destacar es la obligación de llevar chaleco o prendas reflectantes cuando se circula en vías interurbanas de noche. Su uso, además de cumplir con la normativa en vigor evitará la posibilidad de un accidente.
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