Multas tacógrafo
El tacógrafo es el dispositivo que tienen que llevar obligatoriamente los vehículos dedicados al transporte de mercancías y personas. Tanto las empresas nacionales o con sede en cualquier país miembro de la UE están obligados a su instalación y uso.
Con el tacógrafo se miden, entre otros aspectos, los tiempos de descanso de los conductores, la distancia recorrida por el vehículo a qué velocidad circula (promedio y máxima), si se han producido aceleraciones y frenadas bruscas, tiempo de ralentí, etc.
En la actualidad los que se utilizan son los tacógrafos digitales, que impiden el manipulado de discos y tarjetas que permitía el tacógrafo analógico.
El tacógrafo digital se implantó el 1 de enero de 2006 tras la publicación en el BOE nº 105 de 3 de mayo de 2005 una Orden Ministerial que establecía su instalación de manera obligatoria en los vehículos que realicen cualquier transporte por carretera de mercancías (vehículo o conjunto de vehículos superen un PMA de 3,5 toneladas, vayan con carga o sin ella), o de viajeros, ya sea para realizar un servicio público o privado (vehículo adaptado o fabricado expresamente para transportar a más de 9 personas, incluido el conductor). Este tacógrafo lleva una tarjeta digita cuya finalidad es indicar, registrar y almacenar datos referentes a la marcha del vehículo y a la actividad del conductor.
Los vehículos equipados con el tacógrafo analógico, anterior al tacógrafo digital, no están obligados a sustituirlo salvo en caso de rotura.
Gracias al tacógrafo se puede saber si el conductor cumple con lo exigido en el reglamento (CE) 561/2006, así como el real decreto 640/2007. En caso contrario puede ser sancionado con multas desde los 200 € por infracciones leves hasta los 6.000 € en las muy graves.
Algunas ejemplos de multas tacógrafos son:
Multa por manipulación del tacógrafo ( 4001 a 6.000 €)
Multa por falta de datos, registros o mal uso de los mismo (4001 a 6.000 €)
Multa por no llevar el tacógrafo o por no usarlo (2001 a 4.000 €)
Multa por no llevar la tarjeta o ponerla mal en el tacógrafo (2001 a 4.000 €)
Multa por utilizar la tarjeta de otro conductor (2001 a 4.000 €)
Multa por inadecuado funcionamiento del tacógrafo (1001 a 2.000 €)
Multa por la utilización de una tarjeta dañada que impidan la lectura correcta de los datos (1001 a 2.000 €)
Con carácter general todas las multas de transportes suelen llevar aparejadas importantes sanciones económicas e incluyo la inmovilización del vehículo.
Las multas DGT derivadas por un uso inadecuado de los tacógrafos, así como de los discos y tarjetas, se pueden recurrir, pero es necesario el asesoramiento de un experto en multas de transporte para poder preparar el recurso de multa más adecuado a tus intereses.
Susana Valladares. Directora de Socios y Calidad.
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