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¿Me pueden multar por no llevar la pegatina de la DGT en Madrid?

A partir de hoy, 24 de abril, los vehículos que circulen por Madrid deberán llevar el distintivo ambiental que se aprobó por la Dirección General de Tráfico (DGT), y que clasifica a los vehículos en función de la contaminación que emiten. Esta etiqueta divide en cuatro a los vehículos según sus características. Esta obligación viene impuesta por la actual Ordenanza de Movilidad del Ayuntamiento de Madrid que se aprobó en octubre de 2018.

¿Me pueden multar por no llevar la pegatina de la DGT en Madrid?La exigencia de exhibir este distintivo no esta exento de cierta controversia por cuanto la normativa que lo regula no obliga en modo alguno a tener que llevarla en el parabrisas o de forma visible en el caso de las motocicletas, y menos aún que pueda ser objeto de sanción. Sin embargo, la Ordenanza de Movilidad sí la exige y lo considera una infracción de carácter leve sancionándolo con multa de hasta 100 €, aunque se ha determinado por el momento sancionarlo con una multa de 15 € por considerar que se trata más de una medida orientada a sensibilizar a la ciudadanía sobre la necesidad de contribuir a una mejora de la calidad del aire de la ciudad.

La etiqueta de color azul, Cero, se reserva para los vehículos eléctricos e híbridos enchufables, los ECO de color azul y verde es para los híbridos enchufables, la verde C es para los turismos y furgonetas de gasolina matriculados a partir de 2006 y Diesel a partir de 2014, y por último la amarilla B para los vehículos turismo y furgonetas de gasolina matriculados a partir de 2000 y Diesel desde 2006.

El resto de los vehículos que no se encuentran en las categorías anteriormente descritas, no tendrán un distintivo que los identifique y en consecuencia no tienen obligación de llevarlo. Hay que recordar que este distintivo también es obligatorio para las motocicletas.

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Los coches y motos más antiguos del parque móvil, los que no cuentan con la etiqueta medioambiental de la Dirección General de Trafico (DGT), ya no podrán circular en Madrid desde el día 23 de abril en días de alta contaminación. Los vehículos sin pegatina medioambiental no podrán circular en la M30 y su interior si está activado el Escenario 2 del Protocolo por Alta Contaminación. En el Escenario 3 no podrán hacerlo en todo el municipio.

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Eugenio Dobrynine Sirvent - Abogado CEA

Etiquetas: Recurrir multas, DGT, Vehículos eléctricos, Emisiones, Distintivo ambiental, Ayuntamiento Madrid, multas madrid, distintivo medioambiental, recurrir multa distintivo ambiental, pegatinas DGT, coches no contaminantes, ordenanza municipal, coches emisiones cero, protocolo de contaminacion, pegatina dgt, multas madrid central, mediaombiente, multa distintivo mediambiental, etiqueta medioambiental, distintivo medioambiente dgt, vehiculos emisiones, emisiones cero, sanciones madrid, multa por no llevar distintivo medioambiental, multa por no llevar pegatina dgt, vehiculos hibridos, multa por no llevar distintivo ambiental

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