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Multas por exceso de velocidad en carreteras secundarias

Las multas por exceso de velocidad en carreteras secundarias en España están reguladas por la Dirección General de Tráfico (DGT). Estas sanciones varían dependiendo de la velocidad a la que se circule y el límite de velocidad establecido en la vía.

Multas por exceso de velocidad en carreteras secundarias

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Límite de velocidad en carreteras secundarias

Carreteras convencionales: 90 km/h (excepto en tramos señalizados con límites diferentes).

Multas y sanciones

  • Hasta 20 km/h por encima del límite: Multa de 100 euros (sin pérdida de puntos).

  • Entre 21 y 30 km/h por encima del límite: Multa de 300 euros. Pérdida de 2 puntos del carnet.

  • Entre 31 y 40 km/h por encima del límite: Multa de 400 euros. Pérdida de 4 puntos del carnet.

  • Entre 41 y 50 km/h por encima del límite: Multa de 500 euros. Pérdida de 6 puntos del carnet.

  • Más de 50 km/h por encima del límite: Multa de 600 euros. Pérdida de 6 puntos del carnet.

Casos especiales

Velocidades extremadamente altas: Superar en más de 60 km/h el límite de velocidad en carreteras secundarias puede considerarse un delito contra la seguridad vial, con sanciones penales que pueden incluir prisión de 3 a 6 meses, trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, y la privación del derecho a conducir de 1 a 4 años.

Es importante tener en cuenta que las autoridades de tráfico realizan controles y campañas específicas para la vigilancia del cumplimiento de los límites de velocidad en las carreteras secundarias, ya que estas vías suelen tener un mayor índice de siniestralidad. Conducir a una velocidad adecuada no solo evita sanciones, sino que también contribuye a la seguridad vial.

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Ley de Seguridad Vial (Real Decreto Legislativo 6/2015 de 30 de octubre)

Esta ley consolidada recoge y actualiza las disposiciones relativas a la seguridad vial y establece el régimen sancionador, incluyendo las sanciones económicas y la pérdida de puntos por infracciones como el exceso de velocidad.

Instrucciones y circulares de la Dirección General de Tráfico (DGT)

La DGT emite instrucciones y circulares que concretan y detallan la aplicación práctica de la normativa de tráfico, incluyendo campañas específicas de control de velocidad y directrices para la imposición de sanciones.

En las carreteras secundarias de España, las placas de limitación de velocidad deben cumplir con los estándares establecidos por la Dirección General de Tráfico (DGT) y el Reglamento General de Circulación.

Campañas específicas de control de velocidad

Tipos de Señales de Límites de Velocidad

Señal R-301 (Límite de Velocidad Máxima)

  • Descripción: Señal circular con borde rojo, fondo blanco y un número negro en el centro que indica el límite de velocidad en km/h.

  • Uso: Indica el límite máximo de velocidad permitido en un tramo específico de la carretera.

Señal R-302 (Fin de Límite de Velocidad)

  • Descripción: Señal circular con borde rojo, fondo blanco, un número negro en el centro y cinco líneas diagonales negras cruzando la señal.

  • Uso: Indica el final de un tramo con una limitación específica de velocidad.

Señal P-50 (Velocidad Recomendada)

  • Descripción: Señal cuadrada con fondo azul y un número blanco que indica la velocidad recomendada.

  • Uso: Recomienda una velocidad específica que es considerada segura para las condiciones de la carretera.

Recurre tus multas: 85 €/año

Ubicación Señales de Límites de Velocidad

  • Inicio del Tramo: Las señales de límite de velocidad máxima se colocan al inicio del tramo donde se aplica la restricción.

  • Tramos Peligrosos: En zonas con curvas cerradas, cruces peligrosos, proximidad a escuelas, zonas residenciales, etc.

  • Final del Tramo: Las señales de fin de límite de velocidad se colocan dónde termina la restricción.

Ana Belén Cruz Campos – Abogada CEA

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