Las multas por exceso de velocidad
El exceso de velocidad es una de las principales causas de los accidentes mortales en España, y una de las infracciones más comunes que suelen cometer los automovilistas. Hoy día los controles por exceso de velocidad están extendidos por toda la geografía nacional y se realizan tanto en carreteras, como en las vías urbanas.
La existencia de pruebas objetivas de la comisión de la infracción, como es la fotografía del vehículo infractor y los correspondientes certificados de revisión de los radares de velocidad, hacen difícil recurrir una multa por exceso de velocidad. Salvo en los supuestos en los que no coincidan las características, o matrícula del vehículo denunciado con la del titular, o no se pueda apreciar claramente la matrícula en la fotografía, las posibilidades de recurrir la multa por exceso de velocidad y que nos estimen el recurso son muy pocas.
Las multas por velocidad no sólo tienen una sanción económica, sino que en algunos casos pueden llevar aparejada la pérdida de puntos del carné de conducir (de 2 a 6 puntos según los casos), y puede tener la consideración de delito contra la seguridad vial si se rebasan los límites de velocidad establecidos en la vigente Ley de Tráfico y Seguridad Vial.
La DGT publica en su web los 1.200 tramos de vías que cada mes son objeto de vigilancia en el control de velocidad, adaptando los radares de velocidad para que diferencien el tipo de vehículo que se sancionan.
El objetivo de esta medida es que los conductores respeten los límites de velocidad y reducir la siniestralidad, sobre todo en las carreteras secundarias en las que mueren 900 personas al año.
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La presencia de los radares fijos debe señalizarse y los coches con radar deberán colocarse a la vista del conductor salvaguardando la integridad de los agentes.
En España, los límites de velocidad están claramente establecidos y varían según el tipo de vía:
1. Autopistas y Autovías:
Vehículos ligeros (coches, motocicletas): 120 km/h
Autobuses y vehículos derivados de turismo: 100 km/h
Camiones y vehículos con remolque: 90 km/h
2. Carreteras Convencionales:
Vehículos ligeros: 90 km/h
Autobuses y vehículos derivados de turismo: 90 km/h
Camiones y vehículos con remolque: 80 km/h
3. Vías Urbanas:
Zonas residenciales y calles con un solo carril por sentido: 30 km/h
Calles con más de un carril por sentido: 50 km/h
4. Vías de Servicio:
- Vehículos ligeros y pesados: 80 km/h
Sanciones por exceso de velocidad
Las sanciones por exceder los límites de velocidad en España son graduales y se incrementan en función del exceso cometido. A continuación, se detallan las sanciones aplicables según el tipo de vía y la magnitud del exceso:
1. Multas Económicas:
Exceso hasta 20 km/h: 100 euros (considerada infracción leve).
Exceso de 21 a 30 km/h: 300 euros y pérdida de 2 puntos del carné (considerada infracción grave).
Exceso de 31 a 40 km/h: 400 euros y pérdida de 4 puntos del carné (considerada infracción grave).
Exceso de 41 a 50 km/h: 500 euros y pérdida de 6 puntos del carné (considerada infracción muy grave).
Exceso de más de 50 km/h: 600 euros y pérdida de 6 puntos del carné (considerada infracción muy grave).
2. Sanciones Administrativas:
- En casos de excesos de velocidad muy elevados, además de la multa económica y la pérdida de puntos, el conductor puede enfrentarse a la retirada temporal del carné de conducir.
3. Sanciones Penales:
- Exceder en más de 60 km/h el límite de velocidad en vías urbanas o en más de 80 km/h en vías interurbanas se considera delito contra la seguridad vial, lo que puede conllevar penas de prisión de 3 a 6 meses, multas diarias durante 6 a 12 meses, o trabajos en beneficio de la comunidad durante 31 a 90 días, además de la retirada del carné de conducir por hasta 4 años.
Control y ejecución
El control de los límites de velocidad se realiza mediante diversos métodos:
Radares Fijos y Móviles: Colocados en puntos estratégicos, permiten detectar a los infractores de manera automática.
Radares de Tramo: Miden la velocidad media entre dos puntos, evitando que los conductores reduzcan la velocidad solo en la zona de control.
Cámaras de Seguridad: Ubicadas en zonas urbanas y en puntos de alta siniestralidad, contribuyen a la vigilancia del tráfico.
Ana Belén Cruz Campos - Abogada CEA
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